Préstamos de películas

Préstamos a filmotecas españolas y a filmotecas pertenecientes a la Federación Internacional de Archivos Fílmicos (FIAF)

La Filmoteca Vasca mantiene una colaboración constante con filmotecas españolas y con las pertenecientes a la Federación Internacional de Archivos Fílmicos (FIAF) mediante préstamos e intercambios temporales de copias para la difusión cultural de éstas en sus sedes. La concesión de los préstamos está condicionada a la existencia de soportes adecuados para la exhibición, a que los títulos solicitados no se encuentren en distribución en esos momentos y a que se cuente con la autorización expresa de la persona titular de los derechos de explotación de las obras para la cesión de éstas.

Las solicitudes de préstamos de películas custodiadas en la Filmoteca Vasca deberán efectuarse siempre por escrito y con una antelación mínima de un mes. La exigencia de este plazo de solicitud viene dada por la necesidad de contar, antes de acceder a la petición, con información sobre la existencia, disponibilidad y adecuación de copias para estos usos y sobre la titularidad de los derechos de las obras, con la autorización escrita de la persona titular para poder realizar el préstamo y con un espacio de tiempo suficiente para organizar el desplazamiento de los materiales.

Préstamos a festivales, muestras cinematográficas y otros eventos culturales

La Filmoteca Vasca facilita películas para su exhibición en festivales, muestras cinematográficas y otros eventos culturales, que justifiquen la necesidad de recurrir a copias de archivo para la difusión del patrimonio cinematográfico. Esta colaboración, que supone la disposición previa de copias en la Filmoteca Vasca, hay que solicitarla por escrito y debe formalizarse un acuerdo con la entidad solicitante. Estos préstamos están sujetos al abono de las tarifas adoptadas por la Filmoteca Vasca por este servicio.

Las solicitudes de préstamos de películas custodiadas en la Filmoteca Vasca deberá efectuarse siempre por escrito y con una antelación mínima de dos meses. La exigencia de este plazo de solicitud viene dada por la necesidad de contar, antes de acceder a la petición, con información sobre la existencia, disponibilidad y adecuación de copias para estos usos y sobre la titularidad de los derechos de las obras, con la autorización escrita de la persona titular para poder realizar el préstamo, con la documentación por escrito de la responsabilidad de uso de las copias y con un espacio de tiempo suficiente para organizar el desplazamiento de los materiales.

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